Una provisión se reconoce cuando: (1) la empresa tiene una obligación presente (legal o implícita) derivada de un evento pasado, (2) es probable que se requiera una salida de recursos para cancelarla, y (3) el importe puede estimarse con fiabilidad. Si no se cumplen estas tres condiciones simultáneamente, no se reconoce — pero puede revelarse como contingencia en las notas.
¿Qué es una provisión bajo NIIF PYMES?
Una provisión es un pasivo de cuantía o vencimiento inciertos. Se diferencia de una cuenta por pagar normal porque en una cuenta por pagar el importe y la fecha de vencimiento son conocidos (una factura de proveedor, por ejemplo), mientras que en una provisión hay incertidumbre sobre uno o ambos elementos.
La Sección 21 establece que no toda obligación incierta debe convertirse en una provisión. La norma es precisa: la provisión se reconoce únicamente cuando se cumplen tres condiciones específicas de forma simultánea.
"Una entidad reconocerá una provisión solo cuando: (a) la entidad tenga una obligación presente como resultado de un suceso pasado; (b) sea probable (es decir, haya mayor posibilidad de que ocurra que de lo contrario) que la entidad tenga que desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos, para liquidar la obligación; y (c) el importe de la obligación pueda estimarse de forma fiable."
Las tres condiciones explicadas
1. Obligación presente derivada de un evento pasado
La obligación puede ser legal (derivada de un contrato, legislación o reglamento) o implícita (surge de las prácticas habituales de la empresa que han creado una expectativa válida en terceros).
Ejemplo de obligación legal: una empresa recibe una demanda laboral por ₡5.000.000. Existe una obligación legal pendiente.
Ejemplo de obligación implícita: una empresa ha otorgado garantías de devolución por los últimos 3 años. Aunque no haya un contrato firmado, la práctica habitual crea una expectativa válida en los clientes → puede generar una provisión.
2. Probable salida de recursos
"Probable" bajo NIIF significa que hay mayor probabilidad de que ocurra que de lo contrario — en términos estadísticos, más del 50%. Si la probabilidad de pago es baja, no se provisiona pero puede revelarse como contingencia.
3. Importe estimable con fiabilidad
El importe debe poder estimarse, aunque no con exactitud. Si existe un rango de valores igualmente probables, se usa el punto medio. Si hay una distribución de probabilidades, se usa el valor esperado.
Cómo medir una provisión
La provisión se mide como la mejor estimación del importe necesario para cancelar la obligación a la fecha de cierre. Para obligaciones que involucran varios escenarios posibles:
- Caso único: se usa el desenlace más probable.
- Caso con varios desenlaces: se usa el valor esperado (promedio ponderado por probabilidad).
- Obligaciones de largo plazo: si el efecto del valor temporal del dinero es material, la provisión se descuenta al valor presente usando una tasa antes de impuesto que refleje el riesgo específico.
Ejemplos comunes en Costa Rica
| Situación | ¿Provisión? | Tratamiento |
|---|---|---|
| Demanda laboral con alta probabilidad de pago | Sí | Provisionar el importe estimado según asesoría legal |
| Demanda laboral con baja probabilidad | No | Revelar como contingencia en notas |
| Garantía de devolución ofrecida históricamente | Sí | Provisionar con base en % histórico de devoluciones |
| Multas ambientales probables del SETENA | Sí | Provisionar según estimación técnica |
| Posible cierre de local por inspección pendiente | No (incierto) | Revelar en notas si es material |
| Costos de desmantelamiento de instalaciones propias | Sí | Provisionar desde el inicio de la operación |
Ejemplo numérico: garantía de devolución
Electrodomésticos CR S.A. ofrece garantía de 1 año en todos sus productos. Con base en datos históricos, el 3% de los productos vendidos generan reclamaciones de garantía con un costo promedio de ₡45.000 por unidad.
En el período actual vendieron 1.200 unidades por ₡85.000.000. Al cierre:
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Unidades vendidas | 1.200 | |
| % histórico de reclamaciones | 3% | 36 unidades esperadas |
| Costo promedio por unidad | ₡45.000 | |
| Provisión por garantías | 36 × ₡45.000 | ₡1.620.000 |
Pasivos contingentes — no reconocer pero sí revelar
Un pasivo contingente es una obligación posible que no cumple los criterios para reconocerse como provisión (porque su existencia es incierta o la salida de recursos no es probable). No se registra en el balance, pero sí se revela en las notas cuando el importe sea material.
Activos contingentes: la norma es más conservadora — solo se revelan en notas cuando la entrada de beneficios es prácticamente cierta. No se reconocen nunca como activos.
Diferencia con el tratamiento fiscal CR
Hacienda CR generalmente no acepta la deducción de provisiones estimadas hasta que el gasto se incurra efectivamente o exista una factura. La provisión NIIF por garantías, litigios o contingencias genera diferencias temporarias que activan activos por impuesto diferido (Sección 29).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se reconoce una provisión bajo la NIIF para PYMES?
Cuando se cumplen simultáneamente tres condiciones: (1) hay una obligación presente (legal o implícita) como resultado de un evento pasado, (2) es probable que se requiera una salida de recursos para cancelarla (más del 50% de probabilidad), y (3) el importe puede estimarse con fiabilidad.
¿Cuál es la diferencia entre una provisión y una contingencia bajo NIIF?
Una provisión cumple las tres condiciones y se reconoce en el balance. Una contingencia no cumple alguna de ellas (generalmente porque la probabilidad es baja o el importe no es estimable) y solo se revela en las notas a los estados financieros.
¿La reserva de cesantía es una provisión bajo la Sección 21?
No exactamente. Las provisiones laborales (cesantía, vacaciones, aguinaldo) se rigen por la Sección 28 (Beneficios a empleados), no por la Sección 21. La Sección 21 aplica a otras obligaciones inciertas como demandas, garantías, multas potenciales y costos de reestructuración.
- NIIF para las PYMES, Sección 21: Provisiones y Contingencias. IASB, 3ª edición, febrero 2025.
- Ley del Impuesto sobre la Renta N° 7092. Deducibilidad de provisiones. Hacienda CR.