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Bajo la NIIF para PYMES, un conjunto completo de estados financieros incluye: Estado de Situación Financiera, Estado del Resultado Integral (o Estado de Resultados separado), Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Flujos de Efectivo, y Notas a los Estados Financieros. En Costa Rica, el período fiscal habitual es octubre-septiembre. Todas las cifras deben presentarse con el período comparativo anterior.

El conjunto completo de estados financieros

La Sección 3 establece que un conjunto completo de estados financieros bajo NIIF para PYMES comprende:

  • Un Estado de Situación Financiera al final del período
  • Un Estado del Resultado Integral del período (o un Estado de Resultados separado más un Estado de Otro Resultado Integral)
  • Un Estado de Cambios en el Patrimonio del período
  • Un Estado de Flujos de Efectivo del período
  • Notas que incluyan un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa

Si los únicos cambios en el patrimonio durante el período surgen de ganancia o pérdida, pago de dividendos y corrección de errores, la entidad puede presentar un Estado de Resultados y Ganancias Acumuladas en lugar del Estado del Resultado Integral y el Estado de Cambios en el Patrimonio (Sección 6).

Estado de Situación Financiera (Balance)

La Sección 4 establece los mínimos a presentar. El Estado de Situación Financiera debe incluir como mínimo:

ActivosPasivos y Patrimonio
Efectivo y equivalentes de efectivoAcreedores comerciales y otras cuentas por pagar
Deudores comerciales y otras cuentas por cobrarPasivos financieros (excluidas las partidas anteriores)
Activos financierosPasivos y activos por impuestos corrientes
InventariosPasivos por impuestos diferidos y activos diferidos
Propiedades, planta y equipoProvisiones
Propiedades de inversiónParticipaciones no controladoras
Activos intangiblesCapital emitido y reservas atribuibles a los propietarios
Activos por impuestos diferidos

Clasificación corriente/no corriente: los activos y pasivos se clasifican como corrientes cuando se esperan realizar o liquidar dentro de los 12 meses siguientes. El resto se clasifica como no corriente. Esta clasificación es obligatoria bajo la Sección 4.

Estado del Resultado Integral

La Sección 5 establece que el Estado del Resultado Integral debe presentar como mínimo:

  • Ingresos de actividades ordinarias
  • Costos financieros
  • Participación en el resultado de asociadas y negocios conjuntos
  • Gasto por impuestos (corriente + diferido)
  • Resultado después de impuestos de operaciones discontinuadas
  • El resultado del período
  • Cada partida de otro resultado integral (ORI) clasificada por naturaleza
  • El resultado integral total

Para la mayoría de PYMES costarricenses, el Otro Resultado Integral (ORI) es mínimo o inexistente, simplificando la presentación.

Estado de Flujos de Efectivo

La Sección 7 regula el Estado de Flujos de Efectivo, que clasifica los flujos en tres categorías:

  • Actividades de operación: los flujos principales del negocio (cobros a clientes, pagos a proveedores, pago de planilla, impuestos).
  • Actividades de inversión: compras y ventas de activos fijos, inversiones financieras, préstamos otorgados.
  • Actividades de financiación: préstamos recibidos y pagados, emisión de acciones, pago de dividendos.

La entidad puede usar el método directo (muestra los cobros y pagos reales) o el método indirecto (parte del resultado del período y lo ajusta por partidas no monetarias). El método indirecto es más común porque parte de la información que ya está en el estado de resultados.

Estado de Cambios en el Patrimonio

La Sección 6 requiere presentar una conciliación entre el saldo inicial y final de cada componente del patrimonio, mostrando:

  • El resultado del período
  • El otro resultado integral del período
  • Los efectos de los cambios en políticas contables y correcciones de errores
  • Los aportes de capital y distribuciones a los propietarios

Notas a los estados financieros

Las notas complementan los estados financieros con información que no puede presentarse en los estados mismos. La Sección 8 establece que las notas deben incluir:

  • Declaración de conformidad con la NIIF para PYMES
  • Resumen de las políticas contables significativas
  • Información de apoyo para las partidas presentadas en los estados
  • Cualquier otra información relevante para la comprensión de los estados

Política de divulgación: la norma no prescribe un orden fijo para las notas, pero sugiere: (1) declaración de conformidad, (2) políticas contables, (3) información de estimaciones y juicios significativos, (4) detalle de líneas del balance y resultados, (5) contingencias, (6) partes relacionadas, (7) eventos posteriores.

Período fiscal en Costa Rica

El año fiscal costarricense va del 1° de octubre al 30 de septiembre, conforme al artículo 4 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los estados financieros bajo NIIF deben presentarse para este mismo período para mantener consistencia con la declaración fiscal y facilitar la conciliación.

Excepcionalmente, algunas empresas con casa matriz extranjera presentan sus estados al 31 de diciembre. En ese caso, la conciliación fiscal se hace para el período octubre-septiembre incluido dentro del año calendario.

Moneda funcional en Costa Rica

La moneda funcional es el colón costarricense (₡ / CRC) para la mayoría de empresas que operan principalmente en Costa Rica. Las empresas cuyas operaciones principales se dan en dólares (exportadoras, empresas de zona franca) pueden tener el dólar estadounidense como moneda funcional, presentando los estados en dólares y convirtiendo para efectos fiscales. La determinación de la moneda funcional requiere análisis del entorno económico principal de la operación (Sección 30).

Preguntas frecuentes

¿Cuántos estados financieros son obligatorios bajo la NIIF para PYMES?

Un conjunto completo requiere cinco elementos: Estado de Situación Financiera, Estado del Resultado Integral (o estados separados de resultados y ORI), Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Flujos de Efectivo, y Notas. Si los cambios en el patrimonio son solo por resultado y dividendos, se pueden consolidar el estado de resultados y el de patrimonio en un formato simplificado.

¿Debo presentar cifras comparativas en todos los estados financieros?

Sí. La NIIF para PYMES exige presentar el período actual más el período comparativo anterior para todos los estados. El balance requiere además un tercer balance al inicio del período comparativo cuando hay cambios retroactivos de políticas contables o correcciones de errores materiales.

¿Qué método de flujos de efectivo debo usar: directo o indirecto?

La NIIF para PYMES permite ambos para las actividades de operación. El método indirecto (parte del resultado del período y ajusta) es más común porque es más fácil de preparar usando la información ya disponible. El método directo (muestra los cobros y pagos reales) ofrece más información pero requiere un mayor esfuerzo de recolección de datos.

Aviso: esta guía es orientativa basada en la NIIF para PYMES (3ª edición, IASB 2025). No reemplaza el criterio de un profesional en contabilidad ni en materia tributaria.
Fuentes
  • NIIF para las PYMES, Secciones 3-9: Presentación de los Estados Financieros. IASB, 3ª edición, febrero 2025.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta N° 7092, Artículo 4: Período fiscal. Asamblea Legislativa CR.